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Documento Básico DB HE Exigencias básicas de ahorro de energía Sección HE 2 Rendimiento de las instalaciones térmicas (Actualizado diciembre 2009)


Normativa Nacional

Los edificios dispondrán de instalaciones térmicas apropiadas destinadas a proporcionar el bienestar térmico de sus ocupantes. Esta exigencia se desarrolla actualmente en el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE, y su aplicación quedará definida en el proyecto del edificio.

Documentos:
DB-HE2.pdf
DB-HE2.mht

RD2007/1027 - REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS - RITE


Normativa Nacional

REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.(RITE). - BOE núm. 207 - Miércoles 29 agosto 2007y correciones BOE nº51 de 28/2/2008. - Modificación Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre BOE nº298 viernes 11/12/2009 _________ La necesidad de transponer la Directiva 2002/91/CE,de 16 de diciembre, de eficiencia energética de los edificios y la aprobación del Código Técnico de la Edificación por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, han aconsejado redactar un nuevo texto que derogue y sustituya el vigente Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio y que incorpore, además, la experiencia de su aplicación práctica durante los últimos años. El segundo decreto modifica una serie de puntos a fin de mejorar los consumos energéticos.

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Documentos:
RITEs.mht
RITEs.pdf

RD2009/1826 - Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.


Normativa Nacional

BOE nº 298 viernes 11 diciembre 2009.y Corrección de errores BOE 25 de mayo de 2010, Núm. 127 ___________ Con la finalidad de conseguir mayores ahorros energéticos en las grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un número elevado de personas, se ha aprobado un Real Decreto que modifica determinadas instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), cuyo objetivo principal es regular las condiciones de temperatura en dichos establecimientos. Entre las modificaciones que se introducen destacan las siguientes: 1. Se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos: a. Administrativo b. Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares. c. Pública concurrencia: - Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares - Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas - Restauración: bares, restaurantes y cafeterías - Transporte de personas: estaciones y aeropuertos 2. Se establecen los siguientes valores límite de las temperaturas del aire para dichos edificios y locales: a. La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 21º C, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional b. La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 26º C, cuando para ello se requiera consumo de energía convencional c. Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30 por 100 y el 70 por 100. 3. Se establece que los edificios y locales con acceso desde la calle dispondrán de un sistema de cierre de puertas adecuado, con el fin de impedir que éstas permanezcan abiertas permanentemente con el consiguiente despilfarro energético.

Documentos:
RD1826_2009.pdf
RD1826_2009.mht

Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE). Modificación. DEROGADO


Normativa Nacional

REAL DECRETO 1218/2002, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprobó el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITE) y se crea la Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios. BOE núm. 289 de 3 de diciembre.

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Documentos:
RD 1218-2002